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Luz verde de la asamblea a la legalización de tierras para 174 familias del 2 de Noviembre

La asamblea da luz verde a la legalización de terrenos para 174 familias de la comunidad 2 de Noviembre

La Asamblea Legislativa habilitó el camino para que 174 familias avancen hacia la obtención de sus títulos de propiedad, al aprobar una reforma que permite transferirles los lotes que habitan a través de FONAVIPO.

La reciente determinación legislativa representa un hito para la comunidad 2 de Noviembre, cuyos hogares permanecen desde hace décadas en un sector que, conforme a evaluaciones técnicas, dejó de tener utilidad vial. Con 59 votos favorables, el pleno avaló el dictamen positivo N.º 29 de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial, una medida que no solo impulsa la futura regularización de la propiedad, sino que además reafirma la continuidad de las políticas de vivienda social promovidas desde junio de 2009. De forma inmediata, el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) queda habilitado para poner en marcha los trámites que culminen en la transferencia de los inmuebles a quienes los habitan, siguiendo las fases y condiciones estipuladas por la normativa vigente.

Marco y dimensión de la reforma

La reforma aprobada por la Asamblea no actúa en el vacío: se inserta en un marco legal que, desde su origen en 2009, permite que espacios sin utilidad pública vial sean incorporados a programas de vivienda y, posteriormente, adjudicados a familias de bajos ingresos. El dictamen favorable N.º 29 ratifica que el caso de la comunidad 2 de Noviembre encaja en ese supuesto. La particularidad de este expediente es doble. Por un lado, resuelve una situación de hecho —la ocupación prolongada del terreno por parte de las familias— que se mantiene sin certeza jurídica desde inicios de la década del 2000. Por otro, ordena el proceso institucional para que la transferencia suceda dentro de parámetros verificables, con trazabilidad administrativa y sujeción a criterios técnicos.

La votación con 59 apoyos evidencia un respaldo suficiente para seguir adelante; no constituye un simple trámite, sino que la autorización legislativa actúa como el eje que enlaza la evaluación técnica ya finalizada con los procesos de titulación. En la práctica, la reforma permite transformar la condición jurídica del terreno —pasando de uso público vial a patrimonio disponible— y, de ese modo, faculta a FONAVIPO a llevar a cabo la enajenación a favor de quienes cumplen las condiciones requeridas.

Cómo operará FONAVIPO y qué cambia para las familias

A partir de la aprobación, FONAVIPO puede dar inicio al proceso de regularización dominial, que por lo general incluye la comprobación censal de los beneficiarios, la confirmación del tiempo de residencia, la verificación de que no existan disputas por superposición de derechos y, por último, la elaboración de los documentos de traspaso. Para las familias, el avance es significativo: se pasa de la inseguridad propia de vivir en un terreno sin escrituras a un procedimiento organizado que concluye con un título de propiedad debidamente inscrito.

Contar con un título no es solo un hito simbólico; implica mejoras tangibles. Primero, habilita el acceso formal a servicios y programas públicos que exigen acreditación dominial. Segundo, otorga seguridad jurídica frente a terceros, incluidos supuestos estafadores o promesas de venta que no resisten una mínima verificación. Tercero, permite planificar mejoras habitacionales con horizonte de largo plazo —sea con recursos propios o mediante líneas de apoyo—, pues el activo deja de estar en una zona gris.

La reforma igualmente resguarda el interés público. La transferencia no se realiza de manera indiscriminada: se orienta a familias de bajos ingresos que ya fueron identificadas y se ajustan a la normativa vigente. Así, el Estado desalienta la especulación y reconoce la permanencia legítima de quienes convirtieron ese lugar en su hogar durante muchos años.

El sustento técnico: desafectación y aptitud habitacional

Una de las piezas centrales del expediente es el informe técnico elaborado por el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT), el cual señala que el tramo de calle donde se ubica la comunidad 2 de Noviembre ha dejado de cumplir una función vial y resulta adecuado para uso residencial; a partir de esa determinación, el terreno puede ser “desafectado”, una figura jurídica que elimina su carácter de bien destinado al uso público y lo integra al patrimonio que la ley permite transferir.

La desafectación no es un mero trámite. Es la garantía de que el suelo no es requerido para circulación, infraestructura vial u otros usos colectivos que entrarían en conflicto con viviendas permanentes. Al resolver esa duda, el informe despeja el principal obstáculo técnico y respalda con evidencia la decisión política. Así, se evita crear asentamientos en áreas críticas o exponer a las familias a futuros desalojos por necesidades de obra pública.

Antecedentes comunitarios y origen del asentamiento

La comunidad 2 de Noviembre se formó entre 2000 y 2001, según la propia memoria de sus residentes. Desde entonces, el barrio se consolidó con el esfuerzo cotidiano de familias que levantaron sus casas, organizaron la vida vecinal y desarrollaron pertenencia, pese a no contar con documentos de propiedad. Esta ausencia de papeles fue, por años, sinónimo de vulnerabilidad. Cuando la propiedad es incierta, se multiplican los riesgos: inversiones domésticas sin respaldo, exclusión de créditos y subsidios, y exposición a manipulaciones.

Pese a esa fragilidad, los residentes sostuvieron el arraigo. La decisión de la Asamblea reconoce ese arraigo y lo traduce en un itinerario legal que promete cerrar un ciclo de informalidad prolongada. La regularización, en este sentido, no premia ocupaciones recientes ni la especulación, sino la vida comunitaria construida durante más de dos décadas.

Un caso de engaño y las enseñanzas obtenidas

En el recorrido histórico del barrio se reportó un capítulo doloroso. Testimonios de habitantes señalaron que, en 2015, varias familias fueron víctimas de una presunta estafa por más de 50,000 dólares. El caso se atribuyó a Nelson Hugo Ramírez Sigarán, a quien, según relataron, se le acusa de haber ofrecido escrituras falsas. De acuerdo con la información divulgada en el debate legislativo, el señalado cumple condena por estafa agravada.

Que este episodio forme parte del expediente público no es un detalle lateral. Subraya por qué la seguridad jurídica importa y por qué el Estado debe encauzar la titulación con controles claros. Cuando no hay institucionalidad efectiva, se abren grietas para intermediarios sin escrúpulos que prometen atajos y venden humo. La ruta ahora habilitada pretende, precisamente, que los títulos lleguen por la vía legítima, sin pagos indebidos ni promesas vacías.

Inserción en una política de regularización más amplia

La comunidad 2 de Noviembre no avanza hacia su incorporación de manera aislada; desde que la ley se creó en junio de 2009, distintas zonas han seguido un proceso similar de regularización. Al exponerse el caso actual, se retomaron ejemplos como El Manguito y Palermo (San Salvador), La Pradera y Machado (San Miguel), y La Concordia (Usulután). Con la reforma recién aprobada, 2 de Noviembre pasa a ser, según la información que maneja la comisión, la comunidad número 15 en obtener este tipo de respaldo legislativo.

Este conjunto resulta significativo por dos motivos. Primero, ofrece un aprendizaje institucional, ya que cada experiencia aporta enseñanzas sobre la manera de agilizar trámites sin sacrificar precisión, de informar a los vecinos acerca de las etapas por cumplir y de articular acciones entre distintas dependencias. Segundo, refleja un enfoque de política pública que da prioridad a convertir espacios inactivos o con funciones públicas caducas en alternativas habitacionales formales, enfrentando la precariedad mediante herramientas jurídicas y técnicas.

Qué sigue en el itinerario institucional

Tras la aprobación, el expediente se desplaza hacia las instancias operativas. FONAVIPO tendrá que:

  • Revisar y poner al día el censo de beneficiarios, garantizando que los 174 núcleos familiares señalados realmente cumplan los requisitos socioeconómicos y de residencia establecidos.
  • Finalizar la desafectación registral del predio, incorporándolo como un bien patrimonial habilitado para su enajenación.
  • Elaborar y firmar la documentación de traspaso, gestionando su inscripción en el registro pertinente para que cada familia obtenga su respectivo título de propiedad.
  • Articular acciones con las municipalidades y las empresas de servicios para facilitar, en la medida posible, la regularización de las conexiones y el acceso a programas de mejoramiento de vivienda.

Para los residentes, es fundamental organizarse, mantener actualizada su documentación personal, atender las convocatorias oficiales y desconfiar de cualquier gestor que ofrezca “agilizar” trámites a cambio de dinero. La experiencia previa del barrio muestra que la desesperación es terreno fértil para estafas; por ello, toda comunicación debe canalizarse a través de FONAVIPO o de las autoridades designadas.

Impactos esperados en el corto y mediano plazo

La titulación genera efectos encadenados. En el corto plazo, se traduce en tranquilidad: la certeza de que el hogar está amparado por un derecho reconocido. En el mediano, facilita la inversión en mejoras básicas —techos, pisos, saneamiento— y ordena la trama urbana, reduciendo conflictos por linderos y promoviendo la convivencia. Además, al formalizarse, los inmuebles entran al radar tributario y de planificación, lo que ayuda a diseñar políticas más precisas de infraestructura y servicios.

Desde una perspectiva de ciudad, reciclar suelo sin función pública en vivienda regularizada permite densificar de manera más eficiente, evitando expansión descontrolada en periferias y preservando áreas con valor ambiental o con potencial para equipamientos colectivos. La clave está en que la regularización vaya acompañada de intervenciones graduales en espacio público, movilidad y seguridad, para que el barrio no solo tenga papeles, sino también condiciones dignas de habitabilidad.

Un avance significativo hacia mayor seguridad jurídica y un acceso digno a la vivienda

La aprobación del dictamen favorable N.º 29 representa un avance concreto hacia la inclusión jurídica de la comunidad 2 de Noviembre. No es el final del trayecto, pero sí el inicio de una etapa en la que los procedimientos tienen nombre, plazos y responsables. Si FONAVIPO y las demás entidades cumplen su parte, 174 familias podrán, por fin, sostener su proyecto de vida sobre un piso legal firme.

El mensaje de fondo es claro: cuando el Estado reconoce situaciones consolidadas, respalda con estudios técnicos la viabilidad del suelo y estructura procesos transparentes de transferencia, se reduce la informalidad y se desactiva el mercado de la promesa fraudulenta. La comunidad 2 de Noviembre, que nació a comienzos del milenio y atravesó años de incertidumbre, está más cerca de cerrar ese capítulo y abrir otro, con escrituras en mano y la oportunidad de construir futuro en regla.

Por Inés Valcárcel

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