Desde marzo de 2025, las compañías en España han comenzado a realizar deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en los sueldos de los empleados que ganan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Este ajuste ocurre tras el aumento del SMI a 16.576 euros por año en 14 mensualidades (1.184 euros al mes), aprobado a mediados de febrero con efecto retroactivo desde enero. Diferente a incrementos previos, esta subida no fue acompañada de una actualización del mínimo exento de IRPF, que sigue siendo de 15.876 euros anuales, lo que significa que, por primera vez, quienes reciben el SMI están sujetos a deducciones impositivas.
A partir de marzo de 2025, las empresas en España han comenzado a aplicar retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en las nóminas de los trabajadores que perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Este cambio se produce tras el incremento del SMI a 16.576 euros anuales en 14 pagas (1.184 euros mensuales), aprobado a mediados de febrero con carácter retroactivo desde enero. A diferencia de aumentos anteriores, esta subida no vino acompañada de una actualización del mínimo exento de IRPF, que permanece en 15.876 euros anuales, lo que implica que, por primera vez, quienes perciben el SMI están sujetos a retenciones fiscales.
Las compañías funcionan como mediadoras entre los empleados y la Agencia Tributaria, teniendo la obligación de aplicar deducciones de IRPF una vez se alcanzan determinados niveles salariales. Estas deducciones son anticipos que el empleador resta del sueldo para depositarlos en Hacienda, facilitando que el impuesto se obtenga de manera escalonada y regular. Por lo general, las grandes corporaciones efectúan estas deducciones cada mes, mientras que las pequeñas y medianas empresas (pymes) las realizan cada trimestre.
Las empresas actúan como intermediarias entre los trabajadores y la Agencia Tributaria, estando obligadas a practicar retenciones de IRPF a partir de ciertos umbrales salariales. Estas retenciones son pagos a cuenta que el empleador descuenta del salario para ingresarlos en Hacienda, permitiendo que el impuesto se recaude de forma progresiva y periódica. Generalmente, las grandes empresas realizan estas retenciones mensualmente, mientras que las pequeñas y medianas empresas (pymes) lo hacen trimestralmente.
Tras la publicación del nuevo SMI en el Boletín Oficial del Estado, las empresas han ajustado las nóminas para reflejar las nuevas retenciones. Aunque algunas pudieron no haber tenido tiempo para efectuar las modificaciones en febrero, la mayoría ha comenzado a aplicarlas en marzo. Estas retenciones son más altas de lo normal para compensar las que no se realizaron en enero y febrero.
El incremento del SMI ha favorecido a alrededor de 2,5 millones de empleados en España. No obstante, dado que la mayoría puede beneficiarse de las deducciones contempladas en el impuesto por sus circunstancias personales y familiares, las retenciones impactan aproximadamente al 20% de quienes perciben este salario, es decir, cerca de 540.000 contribuyentes solteros y sin hijos. En esta situación, han empezado a tributar por los 700 euros que distancian el mínimo exento actual del nuevo salario mínimo.
La subida del SMI ha beneficiado a cerca de 2,5 millones de trabajadores en España. Sin embargo, debido a que la mayor parte de ellos puede acogerse a las deducciones previstas en el impuesto por su situación personal y familiar, las retenciones afectan aproximadamente al 20% de los perceptores, es decir, unos 540.000 contribuyentes que están solteros y no tienen hijos. En este caso, han comenzado a tributar por los 700 euros que separan el mínimo exento vigente del nuevo suelo salarial.
Para estos trabajadores, la retención anual es de aproximadamente 300 euros, lo que equivale a un tipo de retención del 1,81%. Esto se traduce en una deducción de alrededor de 21 euros por cada una de las 14 pagas. Aunque la cantidad puede parecer reducida, implica que el IRPF absorberá el 42% de la subida salarial.
En otros casos, como el de un trabajador con pareja e hijo menor de 3 años, no habrá retenciones de IRPF gracias a los beneficios fiscales aplicados a familias con hijos pequeños. Para un trabajador con pareja e hijo mayor de 3 años, se aplicará una retención menor, de alrededor de 99,46 euros al año, lo que equivale a un tipo del 0,6%.
Debate político y social
Esta medida ha generado críticas y debates en los entornos político y social. Algunos sostienen que esta decisión perjudica a los trabajadores con ingresos más bajos, disminuyendo el impacto positivo del aumento del SMI. Otros defienden la importancia de fomentar una cultura de responsabilidad fiscal, donde todos los ciudadanos contribuyan al financiamiento de los servicios públicos de acuerdo con sus ingresos.
Reflexiones finales
Consideraciones finales
La implementación de retenciones de IRPF a los perceptores del SMI marca un cambio significativo en la política fiscal española. Si bien la medida busca mantener la equidad y la sostenibilidad del sistema tributario, es esencial evaluar su impacto en los trabajadores de menores ingresos y considerar posibles ajustes que mitiguen efectos adversos. El equilibrio entre una política fiscal justa y el bienestar de los ciudadanos continúa siendo un desafío para las autoridades.